Según el Derecho Canónico, el Cabildo Catedral “es un colegio de sacerdotes, al que corresponde celebrar las funciones litúrgicas más solemnes en la Iglesia Catedral; compete además al cabildo catedralicio cumplir aquellos oficios que el derecho o el Obispo diocesano le encomienden” (CIC, c. 503).

Desde los más remotos tiempos, junto al Obispo existía un colegio de clérigos que le ayudaban en el culto de la Iglesia Catedral y en el gobierno de la Diócesis. Este Cabildo tenía su propia identidad, sus leyes y su jerarquía.

Gracias al empeño del Cabildo de Calahorra se produjo el importante legado documental conservado en el archivo desde el año 1045: códices, pergaminos varios, libros litúrgicos, actas capitulares desde 1450 a nuestros días… También cabe destacar la dedicación del Cabildo en la ejecución y conservación del patrimonio del templo catedralicio: retablos, imágenes, pinturas, ornamentos litúrgicos, orfebrería…

El Cabildo catedralicio tenía gran importancia en el gobierno de la Diócesis, sobre todo en las sedes vacantes y en los sínodos diocesanos. Aunque esta labor del Cabildo de Calahorra la compartía con el Cabildo de Santo Domingo de la Calzada, el de Calahorra siempre tuvo prioridad por su antigüedad y jerarquía.

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